Estudios
Prórroga de estudios
Durante los dos meses previos o en los tres meses posteriores a la fecha de expiración de la vigencia de la autorización, la persona titular de la misma podrá solicitar una prórroga cuando acredite la continuación de los estudios.
La prórroga deberá solicitarse a la Oficina de Extranjería de la provincia donde se obtuvo la autorización inicial, acompañando la documentación que acredite el cumplimiento de estos requisitos:
- Disponer de medios económicos necesarios para el período que se solicita y para el retorno al país de procedencia. Se podrá emplear cualquier medio de prueba, como medios propios o provenientes de familiares, subvenciones, ayudas y becas, entre otros.3.
- Contar con seguro de enfermedad.
- Estar admitido en una institución o centro de enseñanza superior o enseñanza postobligatoria o para la realización de la actividad formativa y haber abonado los derechos de inscripción o matrícula.
La vigencia de la prórroga coincidirá con la duración del curso para el que esté matriculado, con el límite de un año.
Se permiten hasta dos prórrogas por autorización en el caso de los estudios superiores y una para los de educación secundaria postobligatoria y actividades formativas.
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