Movilidad Internacional
Movilidad Internacional: Emprendedores y Profesionales altamente cualificados (PAC)
Estas figuras están reguladas en la ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización. Esta ley tiene por objeto adoptar varias medidas para contribuir al crecimiento económico de España.
Entre esas medidas, se encuentra la de facilitar y agilizar la concesión de determinadas figuras de visados y autorizaciones de residencia a personas nacionales de terceros países, con la finalidad de atraer inversión y talento a España.
Esta medida se dirige a los emprendedores, profesionales altamente cualificados (PAC), investigadores etc, así como a algunos familiares de estas personas, a través de un procedimiento ágil y rápido ante una única autoridad, denominada Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos.
Las personas extranjeras verán facilitada su entrada y/o permanencia en territorio español por razones de interés económico, cuando acrediten encontrarse en alguno de estos supuestos:
- a) Emprendedores.
- b) Profesionales altamente cualificados (PAC)
- c) Investigadores.
- d) Trabajadores que efectúen movimientos intraempresariales.
- e) Teletrabajadores de carácter internacional (Nómada digital)
La persona solicitante deberá acreditar el cumplimiento de los siguientes requisitos generales:
- a) No encontrarse irregularmente en territorio español.
- b) Ser mayor de 18 años.
- c) Carecer de antecedentes penales en España y en los países donde haya residido durante los dos últimos años, por delitos previstos en el ordenamiento jurídico español. Adicionalmente, se presentará una declaración responsable de la inexistencia de antecedentes penales de los últimos cinco años.
- e) Contar con un seguro público o un seguro privado de enfermedad concertado con una Entidad aseguradora autorizada para operar en España.
- f) Contar con recursos económicos suficientes para sí y para los miembros de su familia durante su periodo de residencia en España.
Es posible solicitar un visado y/o autorización de residencia también para los familiares de estas personas que se enumeran a continuación:
- El cónyuge o persona con análoga relación de afectividad.
- Los hijos menores de edad o mayores que dependan económicamente del titular y que no hayan constituido por sí mismos una unidad familiar.
- Los y las ascendientes a cargo.
Modalidades
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