Teletrabajadores de carácter internacional (Nómadas digitales)
La autorización de residencia por teletrabajo de carácter internacional se concede al nacional de un tercer país, que va a permanecer en España para ejercer una actividad laboral o profesional a distancia para empresas radicadas fuera del territorio nacional, mediante el uso exclusivo de medios y sistemas informáticos, telemáticos y de telecomunicación.
Requisitos
- En el caso de ejercicio de una actividad laboral, la persona titular de la autorización por teletrabajo de carácter internacional solo podrá trabajar para empresas establecidas fuera de España.
- En el supuesto de ejercicio de una actividad profesional, se permitirá al titular de la autorización por teletrabajo de carácter internacional trabajar para una empresa ubicada en España, siempre y cuando el porcentaje de dicho trabajo no sea superior al 20 % del total de su actividad profesional.
- Ser graduados o postgraduados de universidades de reconocido prestigio, formación profesional y escuelas de negocios de reconocido prestigio o bien una experiencia profesional mínima de tres años
Procedimiento
El procedimiento varía en función de si la solicitud se realiza desde el extranjero o desde España.
En el primer caso, las personas extranjeras no residentes en España, que se propongan residir en territorio español con el fin de teletrabajar a distancia para una empresa no ubicada en España, solicitarán el visado para teletrabajo de carácter internacional que tendrá una vigencia máxima de un año, salvo que el período de trabajo sea inferior, en cuyo caso el visado tendrá la misma duración que este.
En el segundo caso, las personas extranjeras que se hallen en España de forma regular o que hayan accedido mediante el visado previsto en el artículo anterior, podrán solicitar una autorización de residencia con el fin de teletrabajar a distancia para una empresa localizada en el extranjero, que tendrá validez en todo el territorio nacional.
La validez de esta autorización tendrá una vigencia máxima de tres años, salvo que se solicite por un período de trabajo inferior.
Preguntas frecuentes
¿Es posible renovar el visado para teletrabajo de carácter internacional?
Sí, durante los sesenta días naturales previos a la expiración del visado, los teletrabajadores de carácter internacional que estén interesados en continuar residiendo en España podrán solicitar la autorización de residencia para trabajador a distancia internacional, siempre y cuando se mantengan las condiciones que generaron el derecho.
Y la autorización de residencia, ¿se puede renovar?
Sí, los titulares de esta autorización podrán solicitar su renovación por períodos de dos años siempre y cuando se mantengan las condiciones que generaron el derecho.
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