Nacionalidad española con valor
de simple presunción
Nacionalidad por simple presunción
Es uno de los supuestos de nacionalidad española de origen. Son españoles y españolas de origen las personas nacidas en España de padres extranjeros, si ambos carecen de nacionalidad (es decir, son apátridas), o si la legislación de ninguno de ellos atribuye al hijo una nacionalidad.
¿Cuál es el procedimiento de solicitud?
En este caso puede realizarse un expediente en el Registro Civil de su domicilio para declarar la nacionalidad española con valor de simple presunción.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar la nacionalidad con valor de simple presunción?
Normalmente la solicitan los representantes legales (padres o tutores) de un menor nacido en España. Es necesario acreditar que el menor no adquiere la nacionalidad de ninguno de los progenitores según las leyes de sus países.
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