Una de las situaciones que se presentan a menudo es no tener el certificado digital para la regularización. Te explicamos distintas opciones y cómo solucionarlo.
¿Es obligatorio tener certificado digital para solicitar la regularización?
Para solicitar la regularización se han habilitado dos vías, presencial y telemática. Resulta obligatorio tener certificado digital si se quiere presentar la solicitud vía telemática de forma individual.
También es de uso obligado el certificado digital para determinados profesionales habilitados, como las abogadas de extranjería, graduados sociales o gestores administrativos.
Opciones si no tienes certificado digital
En caso de no tener el certificado hay otras opciones.
Presentar la solicitud mediante representante
En caso de no disponer de certificado digital, es posible presentar igualmente de forma telemática la solicitud de regularización, a través de un representante que sea un profesional habilitado/a para ello, que puede ser un/a abogado/a, graduado social o gestor/a administrativo.
También puede efectuar la presentación telemática otra persona (como por ejemplo un familiar) con certificado digital. Para ello, esas personas deben estar apoderadas por la persona solicitante e inscritas en el Registro Electrónico de Apoderamientos.
Presentar la solicitud de forma presencial.
Otra opción en caso de no contar con certificado digital es presentar presencialmente la solicitud. La vía presencial requiere siempre cita previa y permite presentar la solicitud en los siguientes puntos, de lunes a viernes:
– Correos: al menos una oficina habilitada en capitales de provincia y municipios de más de 50.000 habitantes, en horario de 8:30 a 17:30 horas.
– Oficinas de Seguridad Social: al menos una oficina habilitada en cada provincia, en horario de 16:00 a 19:00 horas.
– Oficinas de Extranjería (OEX): oficinas habilitadas en Madrid, Alicante, Valencia, Almería y Murcia, en horario de 16:00 a 19:00 horas.
Obtener certificado digital paso a paso
El Certificado electrónico FNMT de Ciudadano es la certificación electrónica expedida por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre que vincula a su suscriptor con unos Datos de verificación de Firma y confirma su identidad.
Este certificado, también conocido como Certificado de Persona Física o de Usuario, es un documento digital que contiene sus datos identificativos.
Cómo obtener el certificado digital en España
Obtener el certificado digital no tiene por qué ser complicado. Te explicamos.
Qué necesitas para pedirlo
Cualquier persona española o extranjera, mayor de edad o menor emancipado que esté en posesión de su DNI o TIE (tarjeta de identidad de extranjero), podrá solicitar y obtener su certificado digital de forma gratuita para firmar y acreditar su identidad de forma segura en Internet. Es decir, en el caso de las personas extranjeras, es necesario disponer de permiso de residencia.
Cómo acreditar tu identidad
Existen cuatro formas distintas para obtener tu Certificado electrónico de Ciudadano como archivo descargable en tu ordenador o dispositivo móvil:
- Con vídeo identificación. Obtener Certificado con Vídeo Identificación.
- Con acreditación presencial en una oficina. Obtener Certificado Presencial.
- Utilizando tu DNIe. Obtener Certificado con DNIe.
- Utilizando tu Dispositivo Móvil. Obtener Certificado con Dispositivo Móvil.
Cómo instalarlo correctamente
Caso de optar por obtener el certificado presencial, el proceso de obtención del Certificado software (como archivo descargable) de usuario, se divide en cuatro pasos que deben realizarse en el orden señalado:
- Configuración previa. Para solicitar el certificado es necesario instalar el software denominado CONFIGURADOR FNMT-RCM. La Fábrica Nacional de Moneda y Timbre ha desarrollado esta aplicación para solicitar las claves necesarias en la obtención de un certificado digital. Puede ser ejecutada en cualquier navegador y sistema Operativo.
- Solicitud vía internet del Certificado.Al finalizar el proceso de solicitud, se recibe en la cuenta de correo electrónico un Código de Solicitud que será requerido en el momento de acreditar la identidad y posteriormente a la hora de descargar el certificado.
- Acreditación presencial en una Oficina de Acreditación de Identidad. Una vez completada la fase anterior y estar en posesión del Código de Solicitud, para continuar con el proceso se deberá Acreditar la Identidad en una de las Oficinas de Acreditación de Identidad. En las oficinas de la AEAT, Seguridad Social y en otras oficinas se requiere de cita previa.
- Descarga el Certificado de Usuario. Aproximadamente 1 hora después de que se haya acreditado la identidad en una Oficina de Acreditación de Identidad y haciendo uso del Código de Solicitud, se podrá descargar e instalar el certificado y realizar una copia de seguridad.
Qué hacer si no puedes completar el trámite online por tu cuenta
Si no se dispone de certificado digital y/o no resulta posible obtenerlo (por no disponer por ejemplo de una TIE), se puede completar el trámite con la ayuda de profesional habilitado para la presentación telemática de las solicitudes de regularización: abogados/as, gestores administrativos y graduados sociales.
Ventajas de presentar la solicitud con ayuda profesional
Las ventajas de presentar la solicitud con ayuda profesional, como la de una abogada de extranjería, son múltiples. En primer lugar, contar con la confirmación del cumplimiento de los requisitos con base en la normativa específica aplicable. Además, se recibirá apoyo en la preparación de la documentación necesaria, de forma que cumpla con lo exigido. También se contará con la experiencia de la presentación de expedientes previos y los conocimientos de un/a profesional familiarizado con la plataforma Mercurio,
Por último, será posible realizar la presentación de la solicitud de forma telemática e instantánea, a la vez que contar con la supervisión del/a profesional en los requerimientos que realice la Unidad de Tramitación de Expedientes de Extranjería en cada expediente de solicitud.
Errores frecuentes cuando no se tiene certificado digital o bien, teniendo certificado, no se domina la presentación telemática de este tipo de solicitudes.
Esperar demasiado para empezar el trámite
El plazo para presentar las solicitudes de regularización termina el 30 de junio. No conviene dejar la presentación para el final de dicho plazo y se recomienda hacerlo lo antes posible.
No revisar correctamente la documentación antes de presentar
Antes de efectuar la presentación de la solicitud de regularización, conviene revisar minuciosamente cada uno de los documentos de nuestro expediente y presentarlos de la forma correcta. Un error frecuente en este sentido puede ser presentar documentos incompletos, mal escaneados, ilegibles o que no se correspondan con lo exigido.
Intentar presentar la solicitud telemáticamente sin conocer la plataforma
Mercurio, la plataforma de solicitudes telemáticas de autorizaciones de Extranjería, tiene al igual que cualquier otra sus propias particularidades de funcionamiento. Cuando dichas particularidades se desconocen, es posible cometer errores en la presentación del expediente de solicitud de regularización. Por ejemplo, solo es posible subir los documentos en formato en pdf y sin superar un peso específico. También hay documentación obligatoria asociada a cada tipo de solicitud, que determina el poder avanzar o no en las pestañas que ofrece la plataforma.
¿Cuándo conviene acudir a una abogada de extranjería en Sevilla?
A la hora de presentar una solicitud de regularización, siempre resulta conveniente acudir a una abogada de extranjería en Sevilla, por todas las razones ya citadas (confirmación de requisitos, revisión de documentación, preparación de expediente, presentación instantánea a través de la plataforma Mercurio, respuesta a requerimientos etc)
Además, dado que la presentación presencial requiere de cita previa, a medida que se vaya acercando el final del plazo para presentar la regularización, resultará más importante contar con la ayuda de una abogada de extranjería que pueda efectuar la solicitud telemática a instantáneamente.
